miércoles, 13 de septiembre de 2017

¡PATEANDO LA LONCHERA!

Por: John Sajje


Cuando hablamos  del vidrio y del cristal, vale recordar al poeta español,  Ramón de Campoamor, quien mejorando una frase de William Shakespeare, escribió la siguiente cuarteta: “En este mundo traidor, nada es verdad ni mentira, todo es según el color del cristal con que se mira”. Todo porque solemos usar la palabra cristal como sinónimo de vidrio y no es así.  Cristal significa presencia de plomo. Generalmente  el cristal se encuentra en la naturaleza de diferentes formas, tales como el cuarzo o el cristal de roca,  mientras que el vidrio es el resultado de la fusión de ciertos ingredientes como el sílice, la sosa, la cal o el óxido de plomo, imitando siempre al cristal natural.

En ocasiones al cristal se le agrega  óxido de bario,  que es lo que le da el aspecto brillante tan característico. El cristal necesita una temperatura muy superior para ser fundido al que necesita el vidrio, que es de unos 1.500 grados centígrados. El vidrio es un sólido amorfo; por el contrario, el cristal cuenta con una geometría simétrica, compuesta por la unión de partículas dispuestas de forma regular, y sigue determinado patrón. El vidrio es un producto —sintético— solidificado y en estado amorfo, debido a su dispersa composición de partículas; se obtiene a partir de una mezcla de compuestos vitrificantes —como el sílice—, fundentes —como los álcalis— y estabilizantes —como la cal—. Este material no lo encontramos en la naturaleza, sino en objetos fabricados que utilizamos y vemos a diario.

A veces uno nota que existen funcionarios que no entienden que,  la fortuna es un cristal, que brilla, pero es frágil.
La Corte Constitucional  en aras de la relación de subordinación que los padres tienen frente a las  instituciones educativas, las cuales convierten en impositivas algunas actividades para recaudar fondos- ha dejado jurisprudencia en torno a esa exigencia adicional, no originada en la libre voluntad del padre de familia; al sentenciar que esa forma impositiva viola la solidaridad que lícitamente  podrían demandar las directivas de los padres. Y por ende ha  determinado que no se debe imponer dichas actividades, por ser atentatorias con  los derechos fundamentales a la educación (CP art. 67), y a la libertad (CP. art. 28). 

De igual forma han existido solicitudes gubernamentales para que las instituciones se abstengan de solicitar bonos, donaciones, contribuciones, cuotas, formularios, aportes y diversas formas de aporte de dinero o especie para actividades de asociaciones y  agremiaciones. Dicha prohibición incluye todo tipo de cobros e imponer obligaciones de participar en actividades para recaudar fondos. Incluso se advierte en la ley 1269 de 2008, estableciendo que las instituciones educativas que incumplan las prohibiciones de exigir bonos, cuotas, donaciones y demás fondos pagarán multa entre 50 y 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes. La reincidencia implica cierre definitivo del establecimiento. Se advierte además que  corresponde a las Gobernaciones y Alcaldías Municipales y Distritales, cuando la educación haya sido certificada, con las Secretarías de Educación correspondientes, imponer las sanciones en dicha ley previstas.

Que lo haga un rector -estaría en control disciplinario- Pero se entendería  por algún desconocimiento o despiste. Pero que lo haga el nominador, una Secretaría de Educación o un Alcalde, así sea diamante,  la cosa es grave y no importa ¡el cristal con que se mire!
El asunto: Campaña escolar sobre la recuperación de la Catedral Basílica de Manizales (colegios oficiales y no oficiales) Ver anexo.

Nadie niega que la Catedral Basílica Metropolitana Nuestra Señora del Rosario de Manizales es nuestro orgullo. Que es nuestro patrimonio espiritual. Que los manizaleños y caldenses, amamos esos 106 metros de monumento que apuntan al cielo. Que ahí está el alma de la grey con la imaginación de  Julien Polti.  Que es algo más de 2.300 m² de espiritualidad. Que son 456 escalones para tratar de tocar el cielo.  Pero de ahí, a exigir que del bolsillo de los estudiantes de Manizales,  se cargue su restauración ¡No! Eso sería transferir una obligación al algo de los escolares. Lo grave es que con la campaña los colegios debían hacer toda suerte de eventos para recaudar los fondos (jean days, Fashión, mini festivales etc.)s. Lo que implicaba, en democracia, reuniones, en cada establecimiento educativo, con las respectivas comunidades educativas. ¡Ellas definían!

Como algunos rectores se mostraron renuentes,  porque conocen la ley y trataron de empañar el vidrio, en la Secretaría los citaron el 11 de septiembre y los llamaron al orden. No habían enviado el cronograma y,  allí amén del regaño vía Whatsapp,  llegó la orden perentoria: con obligatoriedad  cada niño debe aportar  tres mil pesos. ¿Les corresponde a ellos la restauración?

Ahí no vale Sentencia No. T-161/94, ni ley  1269 de 2008, ni advertencia del gobierno o la vista gorda del rector con su comunidad. ¡Se obedece y se apela a una razón lancasteriana!
Por qué no ser más imaginativos. Hacerlo con la ciudadanía misma, sin poner a los rectores en aprietos y la mesada de los niños en juego. Recuerdo lo que decía mi maestro: quien bebe el vino en vidrio, debe saber que si el vino es generoso, en cristal es más precioso. Esto es igual de sarcástico como incrementar el transporte urbano para salvar al Once. Repito, el  buen vino, en cristal fino, y el impositivo peleón, en el jarro o en el porrón.

Podría ocurrir que termine como mis colegas abogados, "maldecido". Pero ¡no hay derecho! Y me adhiero a Fernando Pessoa: Entre la vida y yo hay un cristal tenue. Por más claramente que vea y comprenda la vida, no puedo tocarla. Advierto que estoy orgulloso e impregnado de Francisco


A propósito cree usted que, ¿quién tiene tejado de vidrio, no debe  tirar piedras al de su vecino?

ANEXO




  


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